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Dinero

¿Qué pasa con las deudas sin pagar?

El problema de las deudas sin pagar no afecta solamente a los usuarios de tarjetas de crédito o algún producto similar, sino también a las entidades financieras, generando importantes pérdidas.

Cuando este problema llega a los juzgados se vuelve algo tedioso para ambas partes, si bien en la mayoría de los casos, los bancos tienen “la ventaja”.

Las respuestas por parte de los funcionarios suelen ser las mismas: “venga mañana”, “tenga paciencia”, “el deudor no ha sido localizado para entregar el citario”, entre muchas más.

También es frecuente que las entidades bancarias gasten más en abogados y en trámites legales que lo que perdieron tras conceder préstamos a personas que nunca les pagaron. Por eso es que sólo proceden cuando son sumas fuertes de dinero. Así que es difícil que termines en un tribunal por una deuda de menos de 1 millón de pesos.

Hasta aquí, verás que el cobro de deudas muchas veces provoca más pérdidas que la deuda misma, sin embargo, esto daña profundamente tu reputación como cliente bancario.

Y si bien no te pueden meter a la cárcel por una deuda de carácter civil, sí se puede recurrir a otro recurso legal para que pagues al menos una parte de la deuda: el embargo.

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Las deudas sin pagar se cobran con embargo

¿Qué es el embargo? Es la toma de parte de tus objetos de valor para cubrir el total de la deuda o una parte. Por supuesto, este proceso no es como que se pueda hacer de un día para otro sin ningún tipo de aviso. Antes de llegar a este punto, seguramente el banco ya te intentó cobrar de muchas maneras.

Pero para esto, el banco debe seguir una serie de pasos para poder solicitar la orden judicial para embargarte.

1.- En primera, el banco debe decidir demandarte.

2.- El banco debe fundamentar o demostrar que tiene temor de que el deudor se esconda o se vaya de la ciudad.

3.- Si intentaran solicitar la radicación de personas antes de demandarte, el banco deberá depositar una fianza por daños y perjuicios en caso de que no lo haga.

4.- Esta solicitud se debe hacer ante el juez y demostrar por qué tiene temor de que el deudor huya.

5.- El Juez debe revisar la solicitud y las pruebas para definir si gira o no la orden de radicación al deudor.

6.- El Juez gira la orden de radicación y se la hace llegar al deudor por medio de un abogado.

7.- Si esto se llegara a dar, la radicación de personas significa que si el deudor está en proceso de demanda y se le notifica del embargo, no podrá irse de la ciudad sin avisarle al juez.

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